<< Página principal

INFORMACIÓN PRÁCTICA PARA LA ADAPTACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

Procedimiento para solicitar la subvención adaptación de puestos, eliminación de barreras o datación de medios de protección personal

A día de hoy, gracias a la labor de diferentes organismos y entidades que realizan un gran esfuerzo por acercar la empleabilidad de personas con discapacidad al mercado de empleo ordinario, ya son pocas las empresas que desconocen que pueden disponer de ayudas y subvenciones por la contratación de personas con discapacidad. Sin embargo, la realidad es bien diferente y aunque no hay datos oficiales en este sentido, podemos hablar de que son pocas las empresas que solicitan estas ayudas y, menos todavía, las que solicitan la subvención por adaptación de puestos de trabajo.

Desde Fundación Prevent queremos facilitar y animar a la empresa ordinaria para hacer uso de estas ayudas y evitar que, la falta de información, sea el motivo principal por el cual no inician el procedimiento para su solicitud o la disculpa para no contratar personas con discapacidad  por el coste económico de la adaptación que les permitiría acceder a un empleo.

En rasgos generales, los interesados deben saber que:

  1. Hay que solicitar la ayuda al organismo competente de la Comunidad Autónoma donde desempeña la actividad laboral el trabajador.
  2. El modelo de solicitud está a disposición de los interesados en los distintos Servicios Públicos de Empleo de cada C.A.
  3. La subvención se obtiene de una sola vez mediante transferencia.
  4. En general, hay que justificar la necesidad de la adaptación. El órganos competente establece los requisitos documentales (factura, presupuesto y posterior justificación)

Vayamos pues a la Comunidad de Madrid:

Los órganos políticos y legislativos aprobaron inicialmente el Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo estableciendo diferentes medidas y entre ellas subvenciones y bonificaciones de seguridad social a la contratación de personas con discapacidad, cuyas bases reguladoras han ido modificándose en el tiempo, siendo las últimas las de la Ley 43/2006 de 29 de diciembre.

Al igual que otras Comunidades, la Comunidad de Madrid, tiene transferidas las competencias ejecutivas para regular el procedimiento de concesión de subvenciones para el fomento del empleo de las personas con discapacidad en empresa ordinaria. Así pues, en este artículo, queremos dar a conocer el procedimiento para solicitar la subvención para adaptación de puestos, eliminación de barreras o dotación de medios de protección personal.

De este modo, las empresas que contraten trabajadores con discapacidad mediante un contrato indefinido, podrán solicitar estas subvenciones por importe máximo de 901,52 euros, por trabajador con discapacidad. Cabe destacar que la norma no hace referencia a los trabajadores ya contratados y que pudieran necesitar una adaptación de este tipo a lo largo de la relación laboral con la empresa. Así mismo, si la empresa no solicitase la ayuda podría hacerlo el propio trabajador con discapacidad.

La orden también indica que podrán solicitar esta ayuda las empresas que celebren contratos temporales de fomento de empleo para personas con discapacidad o siempre que su duración sea igual o superior a doce meses; también en contratos en prácticas o para la formación regulados en la Ley del Estatuto de los trabajadores,  o contratos de duración determinada al amparo del artículo 15 del citado texto.

Los requisitos para su solicitud en la Comunidad de Madrid, son:

  • Los trabajadores contratados deben estar inscritos como desempleados en la correspondiente oficina de empleo.
  • Los trabajadores deben tener reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100 o ser pensionistas de la Seguridad Social por incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas con pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
  • Los trabajadores para los cuales se solicite la subvención deberán desarrollar su trabajo en centros ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid
  • Deberá justificarse la realización de la referida adaptación o dotación y contar con el informe favorable de la Inspección de Trabajo.

Solicitudes:

El procedimiento se iniciará a instancia de parte, mediante solicitud del interesado. Se formalizará en un modelo oficial que aparece en el Anexo I de la Orden 1683/2006 del Consejero de Empleo y Mujer, por la que se regula el procedimiento de concesión de subvenciones para el fomento del empleo de las personas con discapacidad. Deberá presentarse un ejemplar por duplicado en cualquiera de los siguientes lugares:

  1. el Registro de la Dirección General de Trabajo,
  2. el Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado,
  3. los Ayuntamientos de la Comunidad que han suscrito Convenio a tal efecto (Ventanilla Única) o
  4. en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes, deberán estar firmadas por el representante legal de la empresa y deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

Documentación general que aporta la empresa:

  1. Fotocopia compulsada del número de identificación fiscal o código de identificación fiscal del empleador, según sea persona física o jurídica respectivamente. En caso de sociedad o entidad jurídica, deberá presentarse además, el documento que acredite el poder de representación.
  2. Fotocopia compulsada de la escritura de constitución de la sociedad debidamente registrada y posteriores modificaciones.
  3. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad del trabajador.
  4. Contrato de trabajo indefinido en modelo oficial debidamente comunicado al Servicio Público de Empleo o contrato de transformación de contrato temporal en indefinido.
  5. Copia compulsada del documento de alta del trabajador en Seguridad Social.
  6. Certificado de discapacidad del trabajador por el que se solicita la ayuda o documento acreditativo de tal condición emitido por el órgano competente (dos copias).
  7. Salvo en los casos de transformación de contratos temporales, deberá aportarse la demanda de empleo o certificado de demanda.
  8. Anexo VII de descripción del puesto de trabajo y características técnicas de dicho puesto (dos copias).
  9. Informe de vida laboral del trabajador.
  10. Declaración de otras ayudas (Anexo II).
  11. Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite estar al corriente de pago, ó Anexo III de consentimiento de cesión de datos.
  12. Copia compulsada del último recibo pagado del Impuesto de Actividades Económicas.
  13. Declaración de no haber estado vinculado laboralmente en los veinticuatro meses anteriores a la contratación con la empresa solicitante o con otra empresa incluida en el grupo, mediante un contrato por tiempo indefinido (Anexo VI).

Para solicitudes por adaptación de puestos de trabajo, dotación de medios de protección personal o eliminación de barreras arquitectónicas, además deberá aportarse la siguiente documentación:

  1. La factura en firme que acredite el gasto realizado junto con el documento acreditativo de pago o factura proforma (original o fotocopia compulsada).

  2. Si la subvención para adaptación de puesto de trabajo y dotación de medios de protección personal es solicitada por el trabajador además de la documentación que con carácter general se solicita, se deberá presentar fotocopia compulsada del NIF del trabajador.

Si bien es cierto que desde la Administración Pública podría simplificarse la tramitación de dichas ayudas, realmente se trata de una gestión no más complicada que otras muchas realizadas a diario en nuestras compañías.  Además, analizando la situación económica que nos ocupa actualmente (recortes en gastos, congelación de nuevas líneas de negocio, etc,) el asegurar la adecuación al puesto de trabajo de un empleado, es un valor seguro de fidelización de los trabajadores para la empresa.

Más información: