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DISEÑO PREVENTIVO E INCLUSIVO

Manuela Brinques Martínez
Directora Técnica
FULL AUDIT

RESUMEN

Todas las organizaciones requieren diseñar, no sólo sus instalaciones o espacios de trabajo, sino también sus procesos. Diseño se define como el proceso previo de configuración mental, en la búsqueda de una solución. Por tanto se trata de una actividad que requiere una planificación y que ha de ir dirigida a dar respuesta a unas necesidades. En este artículo en concreto abordaremos dos tipos de necesidades: las condiciones de seguridad y salud por una parte y las condiciones de accesibilidad, por otra. Sólo cuando se de respuesta a ambas podremos afirmar que estamos ante un Diseño Preventivo e Inclusivo, eso es, no excluyente.

ARTÍCULO

Exigencia legal y social

Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales nos indica la necesidad de integrar la prevención en la actividad preventiva de la empresa. Eso implica que cualquier actividad ha de ser “pensada” desde la óptica de la prevención, es decir valorando los riesgos que comporta. La misma Ley nos dice que el empresario garantizará de manera específica la protección de los trabajadores que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. Por tanto no sólo hemos de incluir la prevención de riesgos como una variable  a tener en cuenta en la actividad empresarial sino también la presencia de trabajadores con diferentes capacidades y sensibilidades. Es decir:

  • La prevención de riesgos laborales ha de estar presente en toda la actividad
  • La prevención de riesgos laborales ha de incluir a todos los trabajadores

Por tanto ante cualquier novedad o cambio que se introduzca en una empresa nos habremos de hacer dos preguntas:

  • ¿cumple con los requisitos de prevención de riesgos laborales?
  • ¿cumple con los requisitos de accesibilidad universal?

Los requisitos de prevención de riesgos laborales los encontramos en toda la extensa normativa publicada que va más allá del Real Decreto 486/1997 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Por su parte, los requisitos de accesibilidad los encontramos en Real Decreto 505/2007, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.

También se han añadido requisitos de accesibilidad en el Código técnico de Edificación – Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA) según  Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.

Sin embargo, si lo que buscamos además de cumplir con la normativa es que nuestros centros de trabajo sean accesibles para cualquier persona, con independencia de la discapacidad que pueda tener, tenemos una norma de referencia muy completa: UNE 17001-1. En ella encontraremos cuatro tipos de requisitos, los requisitos DALCO, que no son más que un acrónimo de:

  • Deambulación: Acción de desplazarse de un sitio a u otro, tanto horizontal, como verticalmente.
  • Aprehensión: Acción de coger o asir alguna cosa.
  • Localización: Acción de averiguar el lugar preciso en el que está algo o alguien.
  • Comunicación: Acción de intercambio de la información necesaria para el desarrollo de una actividad.

Algunos ejemplos a tener en cuenta para cada requisito son:
¿Qué deberemos tener en cuenta en la DEAMBULACIÓN?:

  • Iluminación adecuada y suficiente
  • Pavimentos que permitan la rodadura y sin desniveles
  • Espacios amplios
  • Zonas de circulación sin obstáculos
  • Cambios de plano mediante rampas

¿Qué deberemos tener en cuenta en la APREHENSION?:

  • Altura y profundidad accesibles de los objetos
  • Altura accesible de mostradores y estanterías
  • Accesibilidad a grifos, palancas, mandos
  • Barandillas y pasamanos fácilmente aprehensibles

¿Qué deberemos tener en cuenta en la LOCALIZACIÓN?:

  • Señalización visual, acústica y táctil
  • Señalización con contraste adecuado, simbología simple, fácilmente localizable
  • Medios alternativos a la señalización: puntos de información, por ejemplo

¿Qué debemos tener en cuenta en la COMUNICACIÓN?:

  • Disponibilidad de telefonía de texto/videoteléfono
  • Braille en botoneras y teclados. Impresoras de braille
  • Bucle magnético en espacios amplios para audífonos adaptados
  • Software adaptado a discapacidad visual

Pero además de todas estas normas, no hay que olvidar la más importante: EL SENTIDO COMÚN.

¿Cómo garantizar un Diseño Preventivo e Inclusivo de los centros de trabajo?

Dado que hemos de adaptar las condiciones de trabajo a las personas y no al revés, hemos de incidir tanto desde la óptica de la prevención como desde la óptica de la inclusión en:

REQUISITOS MATERIALES que hay que valorar en fase de Diseño:
- Instalaciones
- Equipos de Trabajo / Máquinas
- Instrumental
- Herramientas
- Materias primas
- Productos químicos

REQUISITOS ORGANIZACIONALES que hay que valorar en fase de Diseño:
- Procedimientos, Instrucciones, Registros
- Canales de comunicación
- Canales de participación
- Formación

¿QUIÉN HA DE PARTICIPAR EN ESTE DISEÑO?

Esta es quizás la parte más importante de todas, puesto que sólo si participan los diferentes interesados se podrá garantizar un resultado óptimo:

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